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Área de práctica

Derecho notarial

Acompañamos trámites notariales en Bogotá y de forma virtual en todo el país: te decimos qué trámite corresponde, qué documentos debes reunir y qué dice cada cláusula antes de que firmes.

En qué casos intervenimos

  • Escrituras públicas de compraventa, hipoteca y donación
  • Poderes generales y especiales
  • Sucesiones notariales cuando hay acuerdo entre los herederos
  • Declaraciones extrajuicio y autenticaciones
  • Capitulaciones matrimoniales y unión marital de hecho
  • Matrimonio civil y divorcio de mutuo acuerdo ante notaría

Etapas del proceso

  1. 1

    Revisión del trámite

    Nos cuentas qué necesitas firmar y confirmamos si el asunto se puede surtir ante notaría o si exige acudir a un juzgado.

    Menos de 1 día hábil

  2. 2

    Lista de documentos

    Te enviamos la lista exacta de documentos y certificados, con la vigencia que exige la notaría para cada uno.

    1 día hábil

  3. 3

    Redacción y revisión

    Redactamos o revisamos la minuta y te explicamos en lenguaje claro qué obligación asumes con cada cláusula.

    2 a 5 días hábiles

  4. 4

    Firma y entrega

    Coordinamos la cita, acompañamos la firma y revisamos la copia de la escritura y su registro antes de cerrar el caso.

    Según la agenda de la notaría

Documentación necesaria

  • Cédula de ciudadanía de todas las personas que firman
  • Documento que origina el trámite: promesa de compraventa, contrato, registro civil o testamento
  • Certificado de tradición y libertad expedido recientemente, si el trámite recae sobre un inmueble
  • Paz y salvo de impuesto predial y de valorización, si el trámite recae sobre un inmueble
  • Certificado catastral vigente, cuando la notaría lo exija para liquidar el acto

Cómo se desarrolla la asesoría

Revisamos tu situación, te indicamos qué trámite notarial corresponde y qué documentos reunir, redactamos o revisamos la minuta y te acompañamos hasta la firma. Si el asunto no se puede resolver ante notaría, te lo decimos en la primera revisión y te explicamos cuál es la vía judicial y qué implica.

Marco legal aplicable

  • Decreto 960 de 1970 (Estatuto del Notariado) — Arts. 1 a 3

    Definen la función notarial y la fe pública que da valor probatorio a la escritura.

  • Decreto 960 de 1970 (Estatuto del Notariado) — Art. 13

    Exige escritura pública para los actos de disposición o gravamen de bienes inmuebles.

  • Decreto 902 de 1988 — Art. 1

    Permite liquidar herencias y sociedades conyugales ante notario cuando hay acuerdo y todos los interesados son plenamente capaces.

  • Código Civil — Art. 2142

    Regula el mandato, figura sobre la que se construye el poder que se otorga ante notaría.

La información de esta página es orientativa y describe cómo trabajamos. No reemplaza el estudio de tu caso concreto: cada situación tiene hechos, fechas y documentos propios que pueden cambiar la vía aplicable.

Preguntas frecuentes

¿Necesito abogado para un trámite notarial?

La ley no lo exige en la mayoría de trámites. Lo que evita la asesoría es el error de forma: una minuta mal redactada, un certificado vencido o un documento que falta obligan a repetir la cita y, en el caso de inmuebles, pueden generar un rechazo en el registro.

¿Puedo hacer el trámite si no vivo en Bogotá?

Sí. La asesoría, la revisión de documentos y la redacción de la minuta se hacen de forma virtual, y puedes firmar en una notaría de tu ciudad con el texto ya revisado. Si estás fuera del país, el trámite normalmente se surte por consulado y te indicamos los pasos.

¿Cuánto tiempo toma una escritura pública?

Reunir y revisar los documentos suele tomar entre tres días y dos semanas, según el trámite. Después, la firma depende de la agenda de la notaría, y si el acto recae sobre un inmueble hay que sumar el registro en la Oficina de Instrumentos Públicos.

¿Qué diferencia hay entre una sucesión notarial y una judicial?

La notarial solo procede cuando todos los herederos están de acuerdo y son plenamente capaces; es más rápida. Si hay desacuerdo, un heredero menor de edad o una persona bajo medida de protección, el proceso debe surtirse ante un juzgado.

¿Cómo puedo verificar sus credenciales?

Escríbenos por WhatsApp o correo y te compartimos el detalle de nuestra inscripción profesional para que puedas verificarla ante el Consejo Superior de la Judicatura.

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